¿Hay derechos humanos que todas las personas tienen independientemente de la sociedad en la que viven o si esos derechos son reconocidos o aplicados?

El documento más conocido sobre este tema, en gran medida, es la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Los 30 artículos en la DUDH son derechos de todo ser humano en virtud de su existencia; De ahí el “universal” en su título. (Ver también artículo 2).

  1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Están dotados de razón y conciencia y deben actuar unos con otros en un espíritu de hermandad.
  2. Todos tienen derecho a todos los derechos y libertades establecidos en esta Declaración, sin distinción de ningún tipo, como raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otro tipo, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otro estatus. Además, no se hará ninguna distinción sobre la base del estatus político, jurisdiccional o internacional del país o territorio al que pertenece una persona, ya sea independiente, de confianza, no autónoma o bajo cualquier otra limitación de soberanía.
  3. Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad ya la seguridad de su persona.
  4. Nadie será sometido a esclavitud o servidumbre; La esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
  5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  6. Toda persona tiene derecho al reconocimiento en todas partes como persona ante la ley.
  7. Todos son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra cualquier discriminación que infrinja esta Declaración y contra cualquier incitación a tal discriminación.
  8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo por parte de los tribunales nacionales competentes por actos que violen los derechos fundamentales que le otorga la Constitución o la ley.
  9. Nadie podrá ser sometido a detención arbitraria, detención o exilio.
  10. Todos tienen derecho, en total igualdad, a una audiencia justa y pública por parte de un tribunal independiente e imparcial, en la determinación de sus derechos y obligaciones y de cualquier cargo penal en su contra.
  11. (1) Toda persona acusada de un delito penal tiene derecho a ser considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad según la ley en un juicio público en el que ha tenido todas las garantías necesarias para su defensa.

    (2) Nadie será declarado culpable de ningún delito penal por un acto u omisión que no constituya un delito penal, en virtud del derecho nacional o internacional, en el momento en que se cometió. Tampoco se impondrá una pena más severa que la que se aplicó en el momento en que se cometió el delito.

  12. Nadie podrá ser sometido a injerencias arbitrarias en su privacidad, familia, hogar o correspondencia, ni a ataques a su honor y reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales interferencias o ataques.
  13. (1) Toda persona tiene derecho a la libertad de movimiento y residencia dentro de los límites de cada estado.

    (2) Toda persona tiene derecho a abandonar cualquier país, incluido el suyo, ya regresar a su país.

  14. (1) Toda persona tiene derecho a buscar y disfrutar en otros países del asilo de la persecución.

    (2) Este derecho no puede ser invocado en el caso de enjuiciamientos originados genuinamente por delitos no políticos o por actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

  15. (1) Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

    (2) Nadie será privado arbitrariamente de su nacionalidad ni se le negará el derecho a cambiar de nacionalidad.

  16. (1) Los hombres y mujeres mayores de edad, sin ninguna limitación por motivos de raza, nacionalidad o religión, tienen derecho a casarse y fundar una familia. Tienen derecho a la igualdad de derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en su disolución.

    (2) El matrimonio se celebrará únicamente con el libre y pleno consentimiento de los futuros cónyuges.

    (3) La familia es la unidad de grupo natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y el Estado.

  17. (1) Toda persona tiene derecho a ser propietario de una propiedad solo o en asociación con otros.

    (2) Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

  18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar su religión o creencia, y la libertad, ya sea solo o en comunidad con otros y en público o en privado, para manifestar su religión o creencia en la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
  19. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye la libertad de mantener opiniones sin interferencia y de buscar, recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio y sin importar las fronteras.
  20. (1) Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica.

    (2) Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.

  21. (1) Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

    (2) Toda persona tiene el derecho de igual acceso al servicio público en su país.

    (3) La voluntad del pueblo será la base de la autoridad del gobierno; esto se expresará en elecciones periódicas y genuinas que se realizarán por sufragio universal e igual y se realizarán por voto secreto o mediante procedimientos de votación libre equivalentes.

  22. Todos, como miembros de la sociedad, tienen derecho a la seguridad social y tienen derecho a la realización, a través del esfuerzo nacional y la cooperación internacional y de conformidad con la organización y los recursos de cada Estado, de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables para Su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.
  23. (1) Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de empleo, a condiciones de trabajo justas y favorables ya la protección contra el desempleo.

    (2) Todos, sin discriminación alguna, tienen derecho a igual salario por igual trabajo.

    (3) Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración justa y favorable que garantice para él y su familia una existencia digna de la dignidad humana, y que se complemente, si es necesario, con otros medios de protección social.

    (4) Toda persona tiene derecho a formar y afiliarse a sindicatos para proteger sus intereses.

  24. Toda persona tiene derecho al descanso y al ocio, incluida la limitación razonable de las horas de trabajo y las vacaciones periódicas pagadas.
  25. (1) Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar de sí mismo y de su familia, incluidos los alimentos, la ropa, la vivienda y la atención médica y los servicios sociales necesarios, y el derecho a la seguridad en caso de Desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, vejez u otra falta de sustento en circunstancias fuera de su control.

    (2) La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, ya sean nacidos dentro o fuera del matrimonio, gozarán de la misma protección social.

  26. (1) Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en las etapas elementales y fundamentales. La educación elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional se pondrá a disposición general y la educación superior será igualmente accesible para todos sobre la base del mérito.

    (2) La educación estará dirigida al desarrollo pleno de la personalidad humana y al fortalecimiento del respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Promoverá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones, grupos raciales o religiosos, y promoverá las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

    (3) Los padres tienen el derecho previo de elegir el tipo de educación que se les dará a sus hijos.

  27. (1) Todas las personas tienen el derecho de participar libremente en la vida cultural de la comunidad, disfrutar de las artes y compartir el progreso científico y sus beneficios.

    (2) Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales resultantes de cualquier producción científica, literaria o artística de la que sea autor.

  28. Todas las personas tienen derecho a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades establecidos en esta Declaración se puedan realizar plenamente.
  29. (1) Todos tienen deberes para con la comunidad en los que solo el desarrollo libre y completo de su personalidad es posible.

    (2) En el ejercicio de sus derechos y libertades, todo el mundo estará sujeto a las limitaciones que determine la ley con el único fin de garantizar el debido reconocimiento y respeto de los derechos y libertades de los demás y de cumplir con los requisitos justos de la moralidad. El orden público y el bienestar general en una sociedad democrática.

    (3) Estos derechos y libertades no pueden, en ningún caso, ejercerse en contra de los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

  30. Nada en esta Declaración puede interpretarse como que implica para cualquier Estado, grupo o persona cualquier derecho a participar en cualquier actividad o realizar cualquier acto destinado a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades establecidos en este documento.

Fuente: La Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos son un concepto abstracto. Una buena idea. Pero no existen.

Los derechos existen porque la gente los quiere, pero la gente solo puede esperar tenerlos y mantenerlos cuando se defienden estos derechos. Si una persona no necesita la defensa de sus derechos, es decir, si no hay nadie más poderoso para infringirlos, entonces no será necesario que los describan o los defiendan. Los derechos, por lo tanto, son un regalo de los fuertes a los débiles.

Este regalo tiene sus límites, y estos límites se describen en un contrato. Debe haber algún acuerdo sobre cuáles son los derechos, quién los obtiene y quién es responsable de defenderlos de quién. En los EE. UU., Teniendo en cuenta nuestro novedoso concepto de autogobierno para el hombre común, los derechos son defendidos por las personas como El Pueblo, dueños de un gobierno diseñado para entrar en conflicto por sus propios poderes y restringido por la Constitución: el Autoridad final que define los derechos.

Aunque hay áreas grises, como ‘Personas de EE. UU.’, El contrato en defensa de los derechos enumerados defiende esos derechos de los ciudadanos. El defensor fundamental de los derechos es la nación: los Estados Unidos de América. Si no es ciudadano, o si no está dentro de los límites de los EE. UU., El contrato no lo defiende. Eso no cambia lo que usted quiere que sean sus derechos, simplemente no tiene defensor.

Para que existan los “derechos humanos”, todos los seres humanos tendrían que ser ciudadanos de una entidad que defiende los derechos enumerados contractualmente dondequiera que estén. Lo más cercano que ha llegado la humanidad a eso es a través del imperio.

A la mayoría de las personas aquí en los Estados Unidos les gusta discutir sobre los “derechos humanos” y especulamos que cada ser humano disfrutaría del tipo de defensa de los derechos que a menudo damos por sentado. Lamentablemente la mayoría olvida el aspecto fundamental del poder. Los derechos son un don de los fuertes. Y si los derechos son las cosas más importantes que poseen los humanos, entonces es lógico pensar que la mayor parte del poder debe ser ejercido en su defensa. En consecuencia, cuantos más derechos tenga, más cosas se deben defender y más poder se requiere. Cuanta más gente defendiera, más poder se requería. De esta manera un tanto irónica, “Podríamos hacer derechos”.

Me parece que estamos a muchas generaciones de cualquier defensa seria de los derechos humanos. Puedes defender los derechos para algunas de las personas todo el tiempo, todas las personas algunas veces … y luego agregar defensas débiles para algunos de los derechos para todas las personas la mayoría del tiempo … atrapas mi tendencia. ¿Derechos humanos para 7 mil millones de personas en todo el mundo? ¡DECIR AH! Nos cuesta bastante defender la mayoría de los derechos para la mayoría de las personas lo suficiente del tiempo aquí en California (derecho a la vida, ¿alguien, alguien?) Claramente, un feto no es un ciudadano, pero estoy divagando.

Todos debemos entender que la defensa de los derechos más importantes y las libertades fundamentales requieren una fuerza militante. Si no fuera una pregunta de vida o muerte que requiriera la amenaza de una fuerza letal, todos tendrían todos los derechos que querían sin luchar. Es el asunto más difícil y mortal de la preocupación humana, la inhumanidad del hombre hacia el hombre. Ya conocemos las respuestas, pero simplemente no estamos dispuestos a gastar la sangre.

Creo que no hay ninguno.

La única forma en que puedo pensar en una respuesta es mirando a la sociedad de la Europa medieval.
Había algunas reglas en aquel entonces, pero eran prácticamente imposibles de cumplir, ya que la regla de oro (quién tiene el oro, las establece) fue la única ley de la tierra.
No había derechos a la atención médica, ni educación universal, ni protección de la infancia (los niños fueron secuestrados, comprados y vendidos, e incluso utilizados como mano de obra barata).

Si observamos la sociedad actual, hay un gran país, Arabia Saudita, donde un clérigo está argumentando que las mujeres no deben conducir porque interfiere con sus capacidades reproductivas (no estoy bromeando y es el año 2014: el clérigo saudita advierte que la conducción podría dañar ovarios de la mujer)
Así que hay ciencia que no dice nada de este tipo, hay lógica (que se viola con este argumento) y, sin embargo, la gente escucha este tipo de conversación.

La respuesta a esta pregunta depende completamente de la definición de la palabra “derecho”. Algunas personas postulan que los derechos son solo ideas que surgen cuando un gobierno las define. Otras personas postulan que los derechos son anteriores al gobierno y que el papel del gobierno para defender los derechos, no para definirlos.

Es imposible que personas de diferentes grupos tengan un debate significativo sobre este tipo de pregunta. Ninguna cantidad de lógica, no importa cuán rígida y hermética sea, puede probar que el postulado de otra persona es incorrecto. Los postulados son, por definición, verdaderos. Son herramientas para iniciar una discusión.

Querer, desear, esforzarse. Eso es.
E incluso eso no es realmente un derecho, es simplemente lo que hacen los humanos y otros animales. El derecho es un concepto determinado culturalmente. No es algo con lo que nacemos y definitivamente no es universal, es una cuestión de consenso colectivo.
Por lo tanto, mi respuesta sería “no”.
Pero supongo que la cosa de “vida, libertad y búsqueda de la felicidad” se acerca bastante. Naturalmente, se sigue del deseo, el deseo y el esfuerzo, y creo que es lo más universal posible.

Como dijo George Carlin … una de dos cosas es cierta: o tenemos derechos ilimitados o no tenemos ningún derecho.

Aquí hay un artículo más para usted que dura en nuestros libros de Civics: derechos. Vaya, todo el mundo en este país siempre anda dando vueltas sobre sus derechos de mierda. “Tengo un derecho. Usted no tiene ningún derecho. Tenemos un derecho. Ellos no tienen un derecho”. Amigos, odio estropear su diversión, pero … No hay tal cosa como derechos, ¿de acuerdo? Son imaginarios. Los inventamos. Como el hombre boogey, los tres cerditos, pinocho, madre goo, mierda así. Los derechos son una idea. Solo son imaginarios. Son una linda idea. Linda. Pero eso es todo, lindo y ficticio.

Pero si crees que tienes derechos … Déjame preguntarte esto, ¿de dónde vienen? La gente dice: “Bueno, vienen de Dios. Son derechos dados por Dios”. … ¡Oh, mierda! ¡Aquí vamos de nuevo! ..La excusa de Dios. El último refugio de un hombre sin respuestas ni argumentos: “vino de Dios”. Cualquier cosa que no podamos describir debe haber venido de Dios. Personalmente, amigos, creo que si sus derechos vinieran de Dios, él le habría dado el derecho a algún alimento todos los días; y él te habría dado derecho a un techo sobre tu cabeza; Dios te hubiera estado cuidando. Le habría preocupado asegurarse de tener un arma para que te emborraches el domingo por la noche y mates a los padres de tu novia.

Pero digamos que es verdad. Digamos que Dios nos dio estos derechos. ¿Por qué nos daría un cierto número de derechos? La Declaración de Derechos en este país tiene diez estipulaciones, ¿de acuerdo? Diez derechos. Y al parecer, Dios estaba haciendo un trabajo descuidado esa semana porque hemos tenido que enmendar la Declaración de Derechos diecisiete veces más. Así que Dios olvidó un par de cosas. Como, la esclavitud. Sólo jodidamente se le escapó la mente. Pero digamos, Dios nos dio los diez originales. Dio los trece británicos. La Declaración de Derechos británica tiene trece estipulaciones. Los alemanes tienen veintinueve. Los belgas tienen veinticinco. Los suecos solo tienen seis. Y algunas personas en el mundo no tienen ningún derecho en absoluto. ¿Qué clase de maldito trato dado por Dios es ese? No hay derechos en absoluto? ¿Por qué Dios le daría a diferentes personas en diferentes países diferentes números de diferentes derechos? ¿Aburrimiento? ¿Diversión? Mala aritmética? ¿Descubrimos por fin, después de todo este tiempo, que Dios es débil en las habilidades matemáticas? No me suena a planificación divina. Suena más a la planificación humana. Suena como un grupo tratando de controlar a otro grupo. En otras palabras, los negocios como de costumbre en Estados Unidos.

Ahora, si cree que tiene derechos, una última tarea para usted, la próxima vez que esté en la computadora, conéctese a Internet, vaya a Wikipedia. Cuando llegues a Wikipedia, en el campo de búsqueda de Wikipedia, quiero que escribas “Japanese-Americans 1942” y descubrirás todo sobre tus preciosos derechos. En 1942, hay alrededor de ciento diez mil ciudadanos japoneses-estadounidenses y personas de buena ley y respetuosas con la ley que fueron arrojadas a campos de internamiento simplemente porque sus padres nacieron en el país equivocado. Eso es todo lo que hicieron mal. No tenían derecho a un abogado; no hay derecho a un juicio justo; no tiene derecho a un jurado de sus apelaciones; No tiene derecho a hacer ningún tipo de proceso. El único derecho que tenían, “de esta manera!” ..en los campos de internamiento. Justo cuando estos ciudadanos estadounidenses son los que más necesitan sus derechos, su gobierno los chupa. Y los derechos no son derechos si alguien puede quitarlos. Son privilegios. Eso es todo lo que hemos tenido en este país: una factura de diez privilegios temporales. Y si lee las noticias aún mal, sabrá que cada año la lista se hace cada vez más corta.

Tarde o temprano, la gente de este país se dará cuenta de que al gobierno no le importan nada. El gobierno no se preocupa por usted o sus hijos, sus derechos, su bienestar o su seguridad. Simplemente no te importa un carajo. Solo está interesado en su propio poder. Eso es lo único. Manteniéndolo y expandiéndolo siempre que sea posible.

Personalmente, cuando se trata de derechos, creo que una de dos cosas es cierta: o tenemos derechos ilimitados o no tenemos ningún derecho. Personalmente, me inclino más hacia los derechos ilimitados. Siento, por ejemplo, que tengo derecho a hacer lo que me plazca. Pero, si hago algo que no te gusta, creo que tienes derecho a matarme. Entonces, ¿dónde vas a encontrar un maldito trato más justo que eso? Entonces, la próxima vez que un imbécil te diga: “Tengo derecho a mi opinión”. Usted dice: “¿Ah, sí? ¡Bien, tengo derecho a mi opinión y mi opinión es que usted no tiene derecho a su opinión!” ¡Entonces dispara a la mierda y vete!

– George Carlin