Supongamos que contrató a alguien para pintar su casa por $ 800. Una vez finalizado el trabajo, pero antes de pagar, sufre un ataque cardíaco y muere. ¿Debería pagarse al pintor? O puede que el gobierno se precipite y se lleve todo su dinero, con el argumento de que el principio de no agresión no se aplica a los muertos.
Pero ¿qué pasa con el pintor (vivo)? Un libertario argumentaría que el pintor que hizo el trabajo tiene un título válido de la cantidad que le prometieron, y este título existe independientemente de si la persona que lo prometió está viva o muerta. La liquidación del patrimonio simplemente transfiere la posesión de la propiedad a la persona que ya tenía un buen título.
Un contrato también puede tener condiciones sobre cuándo se realizará el pago. Pagaré … cuando se compita el trabajo. O cuando el trabajo pasa la inspección. O antes del 1 de octubre. O cuando vendo mi casa. O cuando muero. Las condiciones en el tiempo no son inusuales.
De aquí a legados a familiares y amigos es un paso fácil. De hecho, hace muchos años, los testamentos tenían un lenguaje que sugería un contrato basado en la consideración, “Por el amor y la compañía que me han dado …” o algo similar.
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En cualquier caso, la teoría libertaria entiende que siempre puede haber disputas con respecto a la propiedad. Estos se adjudican y quien tiene el mayor reclamo sobre la propiedad se le otorga la posesión. Puede denigrar las promesas de los muertos todo lo que quiera, pero creo que sería bastante difícil, en teoría libertaria, para un tercero, incluido el gobierno, argumentar que tienen un derecho superior al salario del pintor, o al La herencia de la viuda. Denigrar las promesas de los muertos no eleva de ninguna manera el reclamo del gobierno.