A2A.
“¿Los abogados estudian a Kant? ¿Mantiene Kant algún tipo de relación con lo legal?
Buena pregunta. Lo hice, pero solo antes de estudiar derecho. Dicho esto, tengo la Crítica de la razón pura en mi tableta y ocasionalmente cedo a la tentación …
La respuesta a la segunda parte es: no en la práctica de la ley como la he visto. Podría decirse que Kant puede haber influido en el desarrollo de la ley al formar parte de los procesos de pensamiento judicial, pero no directamente como fuente de la ley en (al menos) los sistemas legales angloamericanos. Yo diría que otros filósofos, por ejemplo los teóricos del contrato social, tendrían un impacto mucho mayor en los procesos de pensamiento. Advertencia: Kant nunca dominó la filosofía angloamericana como lo hizo en el mundo occidental no inglés, así que me interesaría escuchar las opiniones sobre cómo Kant podría haber impactado los sistemas de derecho civil. Al igual que con todos los demás, los abogados y jueces son un producto de su tiempo y su cultura, incluidos sus filósofos, ya sean leídos o no leídos.
- ¿Cuál es la necesidad de la existencia?
- ¿Por qué deberían las criaturas de la tierra ser obligadas a tener la carga de la vida sin su consentimiento?
- ¿La filosofía evoluciona o es una cuestión de discusión interminable?
- Mensa no está bien para mí. ¿Cuál es la mejor alternativa para las personas que desean medir, ampliar o desarrollar habilidades de pensamiento?
- Si escribimos lo mismo suficientes veces, ¿eventualmente lo creeremos?
Sin embargo, la “ley religiosa” es quizás la última fuente “filosófica” de nuestras leyes: la Torá / Antiguo Testamento (por ejemplo, el delito común de negligencia), el Nuevo Testamento cristiano (por ejemplo, la equidad y sus derivados, como la confianza y la ley de sociedades) , sharia-fiqh (por ejemplo, privacidad doméstica), y sin duda muchos otros textos o cuerpos de pensamiento de los cuales mi ignorancia es aún más manifiesta.
Algunos argumentan que los jueces modernos son los nuevos reyes sacerdotes, una idea que me parece constitucionalmente incómoda pero, por lo demás, plausible, al menos en los sistemas de derecho común.