¿Cuál es la visión del utilitarismo sobre el concepto de justicia?

Los sistemas de ética del utilitarismo tienden a considerar que la justicia no tiene valor intrínseco. Solo es bueno si ayuda a traer más utilidad (generalmente felicidad) pero no si la reduce.

Los sistemas de justicia claramente hacen algo de daño. Las personas han sido castigadas con todo, desde multas y encarcelamientos hasta mutilaciones y muertes. Como los sistemas utilitarios consideran que todos tienen un valor intrínseco, entonces debe haber una justificación para infligir castigos. Los sistemas de justicia generalmente se justifican por estar en el bien público por cinco cosas que logran: disuasión, incapacidad, restitución, rehabilitación y retribución.

  • Disuasión: la disuasión es la capacidad de los sistemas de castigo para evitar que las personas cometan acciones que dañen a la sociedad en el futuro. Los sistemas de utilitarismo consideran esto como una preocupación válida ya que prevenir daños futuros protege la utilidad.
  • Incapacitación – esto es similar a la disuasión. Es la propiedad de evitar que la persona específica que fue castigada cometa crímenes. Por ejemplo, deteniéndolos donde no pueden dañar a las personas.
  • Restitución: esta es la propiedad de tratar de deshacer el daño causado por un crimen. Por ejemplo, un ladrón que se hizo pagar por una ventana se rompió y devolvió lo que robó. Nuevamente, esto tiene valor para ayudar a deshacer la utilidad negativa que experimentaron las víctimas del crimen.
  • Rehabilitación: este es el intento de convertir a la persona que cometió el crimen en un miembro funcional de la sociedad que puede sobrevivir sin el crimen. Esto tiene una utilidad positiva tanto como medida de prevención del delito como para ayudar al perpetrador a vivir una vida mejor. Recuerde que los perpetradores siguen teniendo un valor intrínseco positivo.
  • Retribución: la retribución es la idea de que las personas malas merecen un castigo o que los crímenes exigen un castigo, incluso si ese castigo no sirve. El utilitarismo rechaza este concepto. Los perpetradores de delitos aún tienen un valor intrínseco positivo. Si castigarlos no previene ningún daño futuro o hace algún bien futuro, entonces no deben ser castigados. El utilitarismo solo se preocupa por el futuro, no el pasado, ya que el pasado es inmutable.

Así, un sistema de justicia utilitario se centra en lo que el futuro perjudica a sus castigos puede promover y los bienes futuros que pueden promover. Debido a que los castigos causan un daño definitivo, un sistema utilitario exige que haya evidencia de que hacen el bien suficiente para justificar su existencia. Por ejemplo, si quiere justificar la sentencia de muerte, debe demostrar que es suficientemente mejor en la disuasión y la incapacidad, entonces la mejor alternativa para justificar el daño adicional que causa. Si encuentra que hay poca diferencia, entonces el castigo más severo no está justificado y deberíamos usar el más indulgente. En general, debemos ser tan indulgentes como sea posible al mismo tiempo que logramos los objetivos legítimos de prevenir daños futuros y promover el bienestar general.

JS Mill reconoció (en Utilitarianism, capítulo 5) que:

“Las consideraciones que ahora se han aducido resuelven, creo, la única dificultad real en la teoría utilitaria de la moral. Siempre ha sido evidente que todos los casos de justicia son también casos de conveniencia: la diferencia está en el sentimiento peculiar que se une al primero, en contraste con el segundo. Si este sentimiento característico ha sido suficientemente explicado; Si no hay necesidad de asumir para ello alguna peculiaridad de origen; si es simplemente el sentimiento natural de resentimiento, moralizado al hacerse coextensivo con las demandas del bien social; y si este sentimiento no solo existe, sino que debería existir en todas las clases de casos a los que corresponde la idea de justicia; esa idea ya no se presenta como un obstáculo para la ética utilitaria “.

En resumen, toda la escuela de Utilitariansim ha tenido un gran problema en el tema.

Así, la proliferación en la filosofía anglófona a finales del siglo XX del trabajo sobre la justicia: desde Rawls, por un lado, hasta (frente a la tendencia utilitaria) MacIntyre.

Pasar del nivel de decisión personal al nivel social es un problema no resuelto en ética y jurisprudencia. El utilitarismo tiene un problema de comparación interpersonal de utilidades, y cómo ponderar preferencias fuertes a las débiles. Sin duda, tienes una fuerte preferencia por no ser condenado a muerte; a nivel social, un sistema de un solo voto puede resultar en un 51% a un 49% de votos para darte muerte. ¿Se cumple la utilidad social del mayor número al matarte? Se mide si se mide por votos, pero no si se ponderan las preferencias si el 51% solo tiene una preferencia leve.

Pero el concepto general de utilitarismo se puede usar para adoptar un sistema de justicia basado en una concepción general del bien mayor sin razonar a una prueba sólida. Entonces, por ejemplo, puede ver cómo la mayoría de la gente estaría de acuerdo en que un hombre / un voto es generalmente una buena regla para adoptar, o cómo algunas cuestiones de importancia deben requerir un voto de mayoría absoluta (derechos de las minorías, una declaración de derechos que no es fácil enmendar, etc.) para evitar errores a corto plazo, como que los tamiles en Sri Lanka voten por matar a todos los demás.

En resumen, no hay una respuesta corta.

Una justicia sobre el utilitarismo requerirá una utilidad. Es una cualidad cardinal de cualquier cosa de interés para medir. Las cosas son como personas, organizaciones o países. La utilidad mide algún índice de bondad, que podría ser compuesto. Una meta entonces para la justicia es maximizar o mejorar esta utilidad.