¿Qué es el “derecho de autor” cuando se lo considera como un concepto, más allá de las reglas creadas por las naciones?

El derecho de autor no es más que las reglas creadas por las naciones. Es un intento de lograr un compromiso con el fin de beneficiar tanto a los creadores como a los lectores.

No hay nada inherente que impida que alguien copie una expresión. Copiar podría considerarse un “derecho”, de la misma manera que “ver” es. Esto tiene beneficios para aquellos que quieren usar el trabajo, pero no proporciona un mecanismo natural para recompensar a aquellos que primero crean el trabajo.

El derecho de autor es un mecanismo legal para crear eso. Al establecer una “propiedad”, paralela pero diferente de la propiedad de la propiedad física, aprovecha los mecanismos económicos existentes para conectar la oferta y la demanda.

Debido a que es diferente de la propiedad física, el mecanismo legal es un ajuste incómodo. Nunca funciona del todo bien, y cuando la tecnología cambia, el ajuste se vuelve aún peor.

Los derechos de autor originalmente incluían el hecho de que las copias físicas aún eran difíciles de producir e intercambiar. Internet cambió eso, reduciendo el costo a prácticamente cero.

Los derechos de autor también incluían la noción de un tiempo finito, algo que no existe en la propiedad real. Su casa no está disponible solo porque usted está muerto: sus herederos la conservan para siempre. Eso fue un compromiso sobre el hecho de que la propiedad física no puede ser copiada; La noción no existe. Rastrear una copia hasta su “propietario” es una propuesta arriesgada, y hay una larga historia de simplemente darse por vencido y pronunciarlo como “público”. Sin embargo, las corporaciones han hecho que sea posible “poseer”, y recordar, una propiedad intelectual para siempre.

En otras palabras: aquí no hay nada natural. Es un mecanismo dudoso para tratar un problema real para el cual otras soluciones parecen ser aún peores. Sin embargo, los problemas con el mecanismo significan que es infinitamente discutible, y varios “derechos” aparentes siempre estarán en conflicto.

Al garantizar por tiempo limitado a los autores el derecho exclusivo a sus escritos, los derechos de autor en los Estados Unidos están destinados a promover el progreso de la ciencia y las artes útiles. – Constitución de los Estados Unidos, Artículo I, Sección 8.

En Gran Bretaña, los derechos de autor estaban originalmente destinados “al fomento del aprendizaje, otorgando las copias de los libros impresos a los autores o compradores de dichas copias”. – Estatuto de anne, título.

La idea básica es que los gobiernos quieren alentar a los escritores a escribir, y lo hacen dándoles un interés de propiedad en las cosas que escriben. Como lo indican otras respuestas, este derecho de propiedad generalmente se otorga por un tiempo limitado para equilibrar el interés en incentivar a los autores con el interés en tener un espacio común que esté disponible gratuitamente para que todos lo puedan usar.

Tal otorgamiento de un interés de propiedad puede ser justificado por la teoría de Lockean de la propiedad, que básicamente establece que un individuo posee su propio trabajo, y al crear algo de lo común, el derecho de propiedad sobre el trabajo del individuo se extiende a lo que el individuo creó. . Vea http://www.lonang.com/exlibris/l… , sección 27, que citaré en su totalidad, porque creo que es interesante (énfasis mío):

El que se nutre de las bellotas que recogió debajo de un roble, o las manzanas que recogió de los árboles en el bosque, ciertamente se las ha apropiado para sí mismo. Nadie puede negar, pero el alimento es suyo. Pregunto, entonces, ¿cuándo empezaron a ser suyos? cuando el digiere? o cuando comio? o cuando se hiervo? o cuando los trajo a casa? ¿O cuando los recogió? Y está claro, si la primera reunión no los hizo suyos, nada más podría. Esa labor ponía una distinción entre ellos y lo común. Eso les agregó algo más que lo que la Naturaleza, la madre común de todas, había hecho, y así se convirtieron en su derecho privado. ¿Y dirá alguien que no tiene derecho a esas bellotas o manzanas que se apropió de este modo porque no tuvo el consentimiento de toda la humanidad para hacerlas suyas? ¿Fue un robo asumir así lo que pertenecía a todos en común? Si tal consentimiento era necesario, el hombre había muerto de hambre, a pesar de la abundancia que Dios le había dado. Vemos en los bienes comunes, que siguen siendo tan compactos, que es la toma de cualquier parte de lo que es común, y su eliminación del estado en el que la naturaleza lo deja, lo que inicia la propiedad, sin la cual lo común no sirve de nada. Y la toma de esta o aquella parte no depende del consentimiento expreso de todos los plebeyos. Por lo tanto, la hierba que mi caballo ha mordido, los céspedes que mi sirviente ha cortado y el mineral que he excavado en cualquier lugar, donde tengo derecho a ellos en común con otros, se convierten en mi propiedad sin la asignación o consentimiento de nadie. El trabajo que era mío, sacándolos de ese estado común en el que estaban, ha arreglado mi propiedad en ellos.

Finalmente, afirmar que el derecho de autor es “un concepto aplicado a ideas e información abstractas” como se sugiere en la pregunta es demostrablemente falso, al menos en los Estados Unidos. La protección de los derechos de autor en los EE. UU. Se aplica a “obras originales de autoría fijadas en cualquier medio de expresión tangible , ahora conocido o desarrollado posteriormente, desde el cual se pueden percibir, reproducir o comunicar de otra manera, ya sea directamente o con la ayuda de una máquina o dispositivo.” 17 USC 102 (a). “En ningún caso, la protección de los derechos de autor para un trabajo original de autoría se extiende a cualquier idea, procedimiento, proceso, sistema, método de operación, concepto, principio o descubrimiento, independientemente de la forma en que se describe, explica, ilustra o encarnado en tal trabajo “. 17 USC 102 (b).

Esta respuesta no es un sustituto del asesoramiento legal profesional….

La filosofía subyacente de los derechos de autor es que el creador de una obra debe tener el derecho exclusivo de controlar el uso de esa obra y beneficiarse de esa obra durante algún tiempo, o “vender” ese derecho a otra persona. Uno “posee” lo que crea – y parte de esa propiedad es la capacidad de excluir a otros para que lo usen, o para delegar los intereses de otros en otros.

¿Los derechos de autor se aplican a “información” u “obras”? ¿Qué puede ser una “obra original de autoría” si no es información, organizada en forma por ideas, a veces deductivas o inductivas, pero muy a menudo completamente ad-hoc?

Sin duda, es razonable considerar una obra de autor como información que ha sido codificada.
¿Hay un “concepto de derechos de autor”? La mera existencia de una forma diferente de “copyright”, aplicada de manera diferente en diferentes países, justifica un concepto de copyright. Incluso hay reglas para integrar diferentes implementaciones de este concepto a través de la convención de Berna. Incluso con estas convenciones, existe una presión constante por parte de diferentes grupos de presión para adoptar nuevas ideas sobre lo que significa “protección de obras” y “derecho de copia”.

¿Se puede considerar el código fijo en un medio tangible como una idea abstracta? Esta es quizás una generalización demasiado amplia de mi parte, pero diría que incluso en los EE. UU. Esto podría ser posible debido a la forma en que se formulan los derechos de autor: los derechos de autor protegen las obras que “pueden percibirse, reproducirse o comunicarse de otra manera, directamente o con La ayuda de una máquina o dispositivo “. Las partes “se pueden percibir” y “se pueden reproducir” presentan algunas complicaciones graves, especialmente cuando se combinan.

Para explorar esta idea, considere cuando la copia de un código que contiene una imagen de Mickey Mouse (la idea) no es una infracción de derechos de autor. ¿Quién se atrevería a ir contra Disney para probarlo? ¿Ayudaría cambiar los colores? ¿Ayudaría encadenar el patrón de animación? ¿Cambiaría las proporciones de la ayuda del ratón chartoon? ¿Ayudaría encadenar la voz? En la mayoría de los casos, no, porque los derechos de autor, en la práctica, de hecho, se extienden a un resumen y deben ser trabajados o trivialmente. La forma en que los derechos de autor están formulados significa que cualquier subparte del conjunto está protegida. Esta es la razón por la que las personas son condenadas por descargar archivos con torrents o incluso son condenadas por ayudar a las personas a descargar partes de un trabajo. Los problemas obvios surgen cuando nos damos cuenta de que todo el código cuando se reduce a subpartes está vinculado y copiamos estas partes entre nosotros todo el tiempo o la comunicación no se produciría.

Según lo establecido por 17 USC 102 (a)., Un algoritmo para reunir segmentos de código arbitrario en un todo no puede ser responsable de la infracción de derechos de autor. ¿O es un libro que describe cómo dibujar a mickey mouse infringiendo los derechos de autor de mickey mouse si describe en detalle cómo hacerlo?

Supongo que las contradicciones obvias en las leyes de los Estados Unidos provienen del hecho de que la ley se deriva principalmente del razonamiento retórico en lugar de una comprensión profunda de la naturaleza de la información.